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ONU
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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
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| Artículo completo (CDN/CRC) | |
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Artículo 35 Los Estados Partes tomarán todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir el secuestro, la venta o la trata de niños para cualquier fin o en cualquier forma. |
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| Órgano emisor/Órgano de Tratado | |
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Informe Dpto de Estado de USA, 2020 Comité ONU contra la Tortura, 2017 |
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| Recomendaciones | |
| Revisar la definición de trata bajo la ley 4788/12 que asegure que la fuerza, el fraude o la coerción son elementos esenciales del crimen, como lo establece el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, del 2000. La ley 4788/12 es incompatible con el derecho internacional cuando establece como factores agravantes, en vez de elementos esenciales del crimen, al uso de la fuerza, el fraude y la coerción. | |
| Comentarios | |
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Comité c/Tortura ONU felicita por Ley 4788/12 integral contra trata de personas, que tipifica trata interna. Según especialistas, definición de trata vigente es mejor que la recomendada por el Informe USA |
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| Etiquetas | |
| trata, explotación, secuestro. | |
| Ley 4788/2012 INTEGRAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS |
| Más detalles |
| Tratado internacional 57/1990 CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO |
| Más detalles |
| Ley 1680 /2001 CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA |
| Más detalles |