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ONU
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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
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| Artículo completo (CDN/CRC) | |
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Artículo 22 1. Los Estados Partes adoptarán medidas adecuadas para lograr que el niño que trate de obtener el estatuto de refugiado o que sea considerado refugiado de conformidad con el derecho y los procedimientos internacionales o internos aplicables reciba, tanto si está solo como si está acompañado de sus padres o de cualquier otra persona, la protección y la asistencia humanitaria adecuadas para el disfrute de los derechos pertinentes enunciados en la presente Convención y en otros instrumentos internacionales de derechos humanos o de carácter humanitario en que dichos Estados sean partes. 2. A tal efecto los Estados Partes cooperarán, en la forma que estimen apropiada, en todos los esfuerzos de las Naciones Unidas y demás organizaciones intergubernamentales competentes u organizaciones no gubernamentales que cooperen con las Naciones Unidas por proteger y ayudar a todo niño refugiado y localizar a sus padres o a otros miembros de su familia, a fin de obtener la informa Más ... |
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| Órgano emisor/Órgano de Tratado | |
| Comité de DDHH (2019), Comité de Derechos del Niño (2010) | |
| Recomendaciones | |
| Asegurar que la legislación nacional con respecto a inmigración, incluyendo la Ley de Refugiados, estén en concordancia con el Pacto y otros estándares internacionales (Ej. en materia de reunificación familiar y niños migrantes) | |
| Comentarios | |
| Comité de Derechos del niño felicita por Ley Nº 1938/2002, por la que los niños no acompañados que soliciten asilo serán tratados de conformidad con el principio del interés superior del niño | |
| Etiquetas | |
| refugiados, inmigración, niños migrantes, reunificación familiar, asilo. | |
| Ley 1938/2002 GENERAL SOBRE REFUGIADOS |
| Más detalles |
| Ley 1680 /2001 CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA |
| Más detalles |
| Tratado internacional 57/1990 CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO |
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